Pide senador de Tamaulipas dar con responsables por contrabando de ‘huachicol’
El senador tamaulipeco
pide se instruya a estas dependencias federales, se lleve a cabo exhaustiva
investigación para saber quienes están realizado estos ilícitos graves.
Mesa de Redacción
Especial (Martes 26 Noviembre 2019).- Por
posibles actos de corrupción y delitos relacionados con delincuencia organizada
tras el decomiso de combustible ilegal en Tamaulipas, este día el Senador por
el Partido Acción Nacional Ismael García Cabeza de Vaca, presentó dos
iniciativas y un punto de acuerdo, para que se les solicite al SAT, a la FGR y
a Pemex, investiguen a fondo quiénes son los responsables de la introducción de
‘huachicol’ al país.
En
tales iniciativas, el senador tamaulipeco pide se instruya a estas dependencias
federales, se lleve a cabo exhaustiva investigación para saber quienes están
realizado estos ilícitos graves, ya que se desconoce desde cuándo se introduce
combustible ilegal a México a través de las fronteras de Tamaulipas.
El
pasado 19 de noviembre, el Gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de
Vaca dio a conocer que entre los días 15 y 18 del mismo mes, personal de la
Secretaría de Finanzas estatal, llevó a cabo el embargo precautorio de ocho
tractocamiones y 15 autotanques tipo pipa, en los que eran transportados poco
más de 445 mil litros de combustible, conocido como “huachicol”.
El caso es grave, no sabemos desde hace cuánto se introduce combustible ilegal a México y qué han hecho al respecto el SAT. En estas acciones puede haber corrupción y delitos del orden federal
Debido
a la importancia del tema, García Cabeza de Vaca pidió al Senado se haga la
recomendación para que cuanto antes se inicie una carpeta de investigación, se
dé el seguimiento necesario a su debida integración y, en su caso, se ejerza la
acción penal en contra de quienes resulten responsables de los hechos.
El
legislador fue claro al señalar que el Ministerio Público de la Federación está
obligado a proceder de oficio en la investigación y persecución de los delitos
previstos en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en
Materia de Hidrocarburos.
Por
ello, también hizo un llamado directo a los titulares de la Administración
General de Aduanas, de la Fiscalía General de la República, y al Director
General de Petróleos Mexicanos, para que atiendan de manera inmediata esta
situación y se investigue y castigue a los responsables de los delitos
perpetrados en contra de la nación, ya que éstos pueden encuadrarse en los
tipos penales de delitos relacionados con delincuencia organizada; por delitos
cometidos en materia de hidrocarburos, como pueden ser sustraer, aprovechar,
transportar o distribuir hidrocarburos de ductos, vehículos, equipos,
instalaciones o activos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios,
contratistas, permisionarios, distribuidores, o de quien pueda disponer de
ellos con arreglo a la ley.
Estaré muy pendiente de las investigaciones que realicen el SAT, la FGR y Pemex, sobre esta grave situación. En Acción Nacional mantenemos nuestra lucha contra la corrupción y el huachicol
*Ley Federal para prevenir y sancionar los delitos cometidos en materia de
hidrocarburos
¿Qué
dicen los Artículos 8 y 9?
Artículo
8.- Se sancionará con pena de 20 a 30 años de prisión y multa de 20,000 a
25,000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente a quien:
-I.
Sustraiga hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, de ductos, vehículos,
equipos, instalaciones o activos, sin derecho y sin consentimiento de
asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer
de ellos con arreglo a la ley.
-II.
Aproveche hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, sin derecho y sin
consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o
de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley.
Artículo
9.- Se sancionará a quien:
-I.
Compre, enajene, reciba, adquiera, comercialice o negocie hidrocarburos,
petrolíferos o petroquímicos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios,
contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos
con arreglo a la ley.
II.
Resguarde, transporte, almacene, distribuya, posea, suministre u oculte
hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, sin derecho y sin consentimiento
de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda
disponer de ellos con arreglo a la ley.
-III.
Altere o adultere hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos sin derecho y sin
consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o
de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley.
Hora de publicación: 19:00 hrs